El tema de las pensiones honoríficas de los ex combatientes de las Islas Malvinas fue una cuestión que estuvo en agenda en varios gobiernos nacionales. En el marco por los homenajes a las víctimas del submarino ARA San Juan , se anunció que ya no existirá el límite de edad de 18 años para los derechohabientes de los veteranos, así como el requisito referido a su estado civil, con el el objetivo de que puedan recibir las atribuciones establecidas por ley.
La medida se estableció mediante la oficialización de Decreto 585, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández y los ministros que conforman el gabinete nacional y se refiere a las personas que acceden a un derecho derivado de otras, en este caso los veteranos del conflicto bélico que sostuvieron Argentina y el Reino Unido en 1982.

La medida fue anunciada en el marco de un nuevo homenaje a las víctimas del submarino ARA San Juan.
El enunciado es conciso: «No les regirá la limitación de edad contemplada en dicho inciso, resultando asimismo indiferente su estado civil a los fines de establecer su condición»
«A tal fin, y solo a falta de viuda, viudo o conviviente con derecho a ellas y de otros hijos u otras hijas menores o con discapacidad, a partir de los 18 años, los hijos y las hijas del causante participarán en la percepción del beneficio de la mencionada Pensión Honorífica de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur», se explaya el decreto.
El boletín además agrega que «dadas las particularidades de este beneficio, resulta necesario disponer que no rija para los hijos y las hijas de los Veteranos de Guerra la limitación de edad a que hace referencia el inciso e) del artículo 53 de la Ley N° 24.241, permitiéndoles así que puedan percibir la pensión honorífica con que se reconociera a sus padres, más allá de los 18 años, en ausencia de viuda, viudo o conviviente y de otros hijos u otras hijas menores o con discapacidad, resultando asimismo indiferente su estado civil a esos fines».

Los Veteranos de Malvinas, en una marcha frente al Congreso Nacional.
En ese sentido, contempla que «la situación económico social que afecta, en particular, a los sectores de menores ingresos, entre los que se encuentran los Veteranos de Guerra, impide cumplir con los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes».