La Cámara Nacional Electoral (CNE) ha publicado el padrón electorado definitivo para las elecciones generales de este domingo 22 de octubre, en las que se estima que hay cerca de 34 millones de personas habilitadas para participar de los comicios. De esta manera, los ciudadanos argentinos podrán conocer con precisión el establecimiento en el cual deben emitir el sufragio y el número de mesa correspondiente, ingresando el número de DNI, distrito, género y un código verificador proporcionado en el sitio web oficial de la CNE.
Otro dato a tener en cuenta es que los votantes deben utilizar documentos válidos para emitir el sufragio: libreta de enrolamiento o libreta cívica, el DNI libreta verde o celeste, la tarjeta del DNI libreta celeste con la leyenda «No válido para votar,» y el nuevo DNI tarjeta. Cualquiera de estos documentos debe ser igual o posterior al que figura en el padrón, ya que no se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior ni tampoco de aquellos que presenten el DNI en su celular.
Las elecciones generales de este domingo definirán el presidente del país por los próximos cuatro años, como también senadores y diputados y autoridades locales: intendentes y consejales. Las cinco fórmulas presidenciales disponibles son las que han superado el piso del 1,5% del total de los votos en las Paso del pasado 13 de agosto. Y en caso de que ningún candidato obtenga el 45% de los votos o un porcentaje mayor al 40% con más de 10 puntos de diferencia, habrá un balotaje o segunda vuelta el 19 de noviembre entre los primeros.
Los cinco candidatos y candidatas a ser el nuevo presidente de Argentina son Myriam Bregman, del Frente de Izquierda; Patricia Bullrich, de Juntos por el Cambio; Sergio Massa, Unión por la Patria; Javier Milei, La Libertad Avanza; y Juan Schiaretti, Hacemos por nuestro país.
Según la Ley de Ciudadanía Argentina 26.674, «todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito». Por lo tanto, el voto no solo es un derecho sino también una obligación para hombres y mujeres entre los 18 y 70 años, mientras que los jóvenes mayores de 16 y menores de 18 tienen derecho a votar pero no la obligación de hacerlo, como sucede con las personas mayores de 70.
En caso de no cumplir con esta Ley, los ciudadanos cuentan con un plazo de 60 días para presentar un formulario de justificación ante la Justicia Electoral. De lo contrario, serán sancionados con una multa que se computará automáticamente en el Registro de Infractores y que tiene un costo que varía entre los 50 y 500 pesos según la cantidad de ausencias que haya tenido la persona.