La llamada “Ley Olimpia” en Argentina (Ley 27.736) que fue promulgada por el Gobierno Nacional el pasado 23 de octubre y se publicó a través del Boletín Oficial incorpora la violencia contra las mujeres en entornos digitales a la Ley 26.485 como una modalidad de violencia de género. La norma difundida mediante el Decreto 542/2023 contiene las firmas del presidente, Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Agustín Rossi y la ministra de las Mujeres, Generó y Diversidad, Ayelén Messina.
La legislación busca penalizar a los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medio digitales, la difusión sin consentimiento de cualquier contenido privado, además de incluir los discursos de odio, contenidos sexistas, acoso y espionaje, entre otros. Asimismo, protege los derechos y bienes digitales, así como el acceso, permanencia y desenvolvimiento en el ámbito digital. A su vez, el Gobierno a través del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad emitió un comunicado en el cual expresó que “la Ley Olimpia incluye la violencia digital entre las modalidades de violencia contra la mujeres de la Ley 26.485 e incorpora como objeto de la ley el respeto de la ‘dignidad, reputación e identidad, incluso en los espacios digitales’”.
A su vez, la legislación establece que se comprende como violencia digital o telemática a “toda conducta, acción o omisión en contra de las mujeres basada en su género que sea cometida, instigada o agravada, en parte o su totalidad, con la asistencia, utilización y/o apropiación de las tecnologías de la información y la comunicación, con el objeto de causar daño físicos, psicológicos, económicos, sexuales o morales tanto en el ámbito privado como público a ellas o su grupo familiar”.
¿Cuáles son las conductas que la ley establece como violencia digital?
- Que atenten contra su integridad, dignidad, identidad, reputación, libertad y contra el acceso, permanencia y desenvolvimiento en el espacio digital.
- O que implique la obtención, reproducción y difusión, sin consentimiento de material digital real o editado, íntimo o de desnudez, que se le atribuya a las mujeres.
- O la reproducción del espacio digital de discursos de odio misóginos y patrones estereotipados sexistas.
- O situaciones de acoso, amenaza, extorsión, control o espionaje de la actividad virtual, accesos no autorizados a dispositivos electrónicos o cuentas en línea.
- Robo y difusión no consentida de datos personales en la medida en que no sean conductas permitidas por la ley 25.326 y/o la que en el futuro la reemplace.
- O acciones que atenten a la integridad sexual de las mujeres a través de las tecnologías de la información y la comunicación.
- O cualquier ciberataque que pueda surgir a futuro y afecte los derechos protegidos en la presente ley.
¿Cómo surgió la Ley Olimpia?
El comunicado emitido por el Gobierno también manifestó la forma en que nació esta norma. “La Ley 27.736 conocida como ‘Ley Olimpia’ por la activista mexicana Olimpia Coral Melo, víctima de la difusión de imágenes íntimas se convirtió en un ícono en la lucha contra la violencia digital en América Latina al impulsar leyes que condenen este delito, fue sancionada el pasado 10 de octubre por el Congreso de la Nación”.
“Olimpia Coral Melo impulsó la legislación en su país, luego de que a los 18 años su novio divulgó un video privado sin su consentimiento y lo viralizó. En 2014, presentó un proyecto de ley en la legislatura del estado de Puebla, donde vivía, para lograr una serie de reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal y así, reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales. La iniciativa ya fue aprobada en más de veinte Estados y a nivel federal. En 2021, Coral Melo fue galardona por la revista Time como una de las 100 mujeres más influyentes del mundo”, indicó el informe.
Luego. el comunicado concluyó: “El Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad (MMGD) acompañó el proceso de lucha que llevó a la sanción de la ley desde la presentación del proyecto impulsado por la diputada nacional Mónica Macha en el Anexo C de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación en julio del 2022”.