Este 13 de agosto se desarrollarán las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorios, de cara a las elecciones generales del 22 de octubre y en caso de una eventual segunda vuelta, se repetirá el sufragio el 19 de noviembre.
Las PASO son elecciones nacionales donde la ciudadanía elige a las fuerzas políticas que participarán en la general: ahí podrán competir las agrupaciones que alcancen o superen el 1,5 %. Se elige un presidente y vice, 24 senadores en 8 provincias, 130 diputados, 19 parlamentarios a nivel nacional y 24 a nivel regional.
La provincia de Buenos Aires, la ciudad, Catamarca, Entre Ríos y Santa Cruz coinciden con las elecciones de carácter nacional.
¿Desde qué edad se puede votar?
El Código Nacional Electoral establece que son electores las y los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años, y las y los argentinos naturalizados, desde los 18 años, siempre y cuando no tengan ninguna inhabilitación.
En el marco de la Ley de Voto Joven (26.774), en 2023 podrán votar quienes cumplan 16 años hasta el 22 de octubre inclusive, es decir, hasta el día de la elección general. El voto es obligatorio para todas las personas. Sin embargo,
quienes tengan entre 15 y 17 años, y no voten, no integrarán el Registro Nacional de Infractores.
¿Quiénes pueden votar?
Son electores las argentinas y argentinos nativos y por opción, desde los 16 años, y las argentinas y argentinos naturalizados, desde los 18 años, que no se encuentren legalmente inhabilitados. Están habilitados para votar aquellos
electores incluidos en el padrón electoral.
¿Quién y cómo se realiza el padrón electoral?
El padrón de electores se confecciona a partir de los datos del Registro Nacional de Electores, que está compuesto por
cuatro sub registros:
- Electores por distrito
- Electores inhabilitados y excluidos
- Electores residentes en el exterior
- Electores privados de la libertad
El Registro Nacional de Electores es organizado por la Cámara Nacional Electoral. Contiene los datos de todas las electoras y electores del país con información proporcionada
por el Registro Nacional de las Personas; se organiza por distrito y tiene un carácter público. El Registro se actualiza permanentemente para incluir a los
nuevos electores, asentar los cambios de domicilio y excluir a los electores fallecidos.
¿Qué pasa si un ciudadano/a no vota?
Si es mayor de 18 años y menor de 70, y no puede justificar ante la Justicia Nacional Electoral por qué no emitió su voto, le
corresponde una multa económica y se lo incorporará en el Registro de Infractores al Deber de Votar. Además, no podrá ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la
elección. Quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales, nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
¿Qué tiene que hacer?
Si tiene entre 18 y 70 años y no asistió a votar el día de la elección, tiene que justificar la ausencia ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal del distrito que corresponda,
dentro de los 60 días posteriores a las elecciones.
¿En qué casos una persona está exceptuada de asistir a votar?
- Si el día de los comicios se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tiene que votar, y justifica ante
la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
- Enfermedad o imposibilidad de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente
comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
- Si la persona es parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas con el cumplimiento de
funciones está impedido de asistir a votar.
- Si es juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral
Nacional, tiene que asistir a su oficina y mantenerla abierta durante los comicios.
¿Se puede votar si no se votó en las últimas elecciones?
Sí, todos los electoras/es que figuren en el padrón electoral pueden concurrir a votar. Las elecciones P.A.S.O. son de carácter
obligatorio para todas y todos los electores que figuren en el padrón.
Voto de las personas migrantes
Los migrantes residentes en la Argentina tienen derecho a votar para cargos provinciales y/o municipales, de acuerdo al domicilio
que figura en su DNI. Para saber dónde votan, las personas migrantes deben consultar el padrón de extranjeros en la página del organismo electoral de la
provincia donde tengan el domicilio.
¿Cuántas mesas se habilitaron para estas elecciones?
Se habilitaron más de 104.530 mesas que se encuentran distribuidas a lo largo del país.
¿Cuál es la diferencia entre el escrutinio provisorio y el definitivo?
El escrutinio provisorio es el que se hace el mismo día de la elección a partir de los resultados informados por las autoridades de mesa a la
Dirección Nacional Electoral mediante un telegrama, confeccionado por la o el presidente de mesa, que contiene todos los detalles de los votos